Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico municipal

Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-08-2026

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Boletín Oficial Comunidad Madrid

Colmenar Viejo (BOCM-20260818-24)

Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico municipal

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Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico municipal
Página 1 del anuncio BOCM
Pág. 106

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE AGOSTO DE 2026

B.O.C.M. Núm. 196

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
24

COLMENAR VIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

En sesión Plenaria de fecha 30 de julio de 2026, se aprueba definitivamente el nuevo
Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, una vez trascurrido el plazo de información pública e incorporados nuevos textos derivados de las alegaciones formuladas y admitidas. Conforme a lo establecido en el artículo 70.2 la Ley de Bases de Régimen Local, se procede a la publicación íntegra del mismo que entrará en vigor
transcurridos quince días hábiles desde la publicación de este anuncio.
REGLAMENTO ORGÁNICO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO
PREÁMBULO
La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ley 2/2003, de 11 de
Marzo de Administración Local de la Comunidad de Madrid, han dado contenido preciso al derecho
a la autonomía que el artículo 137 de la Constitución reconoce a los Municipios, al fijar, como señaló
el Tribunal constitucional en su sentencia 214/89, de 21 de diciembre, una serie de directrices que
el legislador ha de tener en cuenta en la asignación de competencias, y al reconocer a los municipios
la potestad de autoorganización, como potestad reglamentaria específica, cuyo exponente máximo
es la posibilidad de aprobar un Reglamento Orgánico Municipal. Este Reglamento, en el marco de
la legislación básica y de la legislación local autonómica, prevalece, en virtud del Principio de
Competencia, respecto de las normas reglamentarias estatales o autonómicas que, en esta materia,
se hayan promulgado o pudieran promulgarse en el futuro, dándose así primacía al interés local
respecto del interés autonómico o estatal.
Reconocido a los municipios un marco propio para regular las peculiaridades de su régimen de
organización y de funcionamiento, el Ayuntamiento de Colmenar Viejo al aprobar este texto, se dota
de un instrumento organizativo útil, eficaz y riguroso.
El vigente Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Colmenar Viejo fue publicado en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid el 30 de enero de 2006, cumpliendo por lo tanto veinte años. En
este tiempo transcurrido, son muchas las leyes aprobadas, que de una u otra forma afectan a la
organización del municipio y que aconsejan la actualización del Reglamento Orgánico.

Sin ánimo de ser exhaustivos, asuntos como, el régimen de acciones que pueden efectuar los grupos
políticos (Declaraciones institucionales, Mociones, Enmiendas, Votos particulares etc.), régimen de
intervenciones en el pleno municipal, acceso a la información por los concejales, gastos de defensa
jurídica por la actuación corporativa, lugar de celebración de sesiones, procedimiento para variar el
día y hora fijado para celebrar sesión plenaria, instrumentos como retirar del orden del día o dejar
sobre la mesa o alterar orden del día, régimen de órganos de participación e información, sesiones
con asistencia telemática, cese del personal eventual, publicidad de las sesiones, videoacta de las
sesiones, ruegos y preguntas de los vecinos, orden del día de los plenos extraordinarios, segundas
convocatorias de los órganos colegiados, número de tenientes de alcalde, delegaciones de
competencias, convocatoria de la Junta de Gobierno Local, impresos normalizados para la
declaración de intereses etc., han generado en alguna ocasión problemas o dificultades que el
presente Reglamento trata de solucionar.
Este Reglamento orgánico consta de un preámbulo, 149 artículos distribuidos en cinco títulos, una
disposición transitoria, una derogatoria y otra final, más un anexo.

BOCM-20260818-24

Pero más allá, del mero transcurso del tiempo, en estos veinte años el normal funcionamiento del
Ayuntamiento ha puesto de manifiesto la necesidad de regular un conjunto de aspectos que el
vigente reglamento no resolvía.

Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 18-08-2026

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20260818-5)

Concesión subvenciones – Resolución de 10 de agosto de 2026, del Director General de Cultura e Industrias Creativas, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas sin promover concurrencia por este órgano

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO “GREGORIO MARAÑÓN” (BOCM-20260818-12)

Formalización contrato – Resolución de 5 de agosto de 2026, de la Dirección-Gerencia del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” de la formalización del contrato de «Suministro de los medios precisos para la realización...

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