Bases ayudas – Orden 1578/2026, de 11 de agosto, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, que establece las bases reguladoras de las ayudas a actuaciones de conservación, recuperación y restauración de bienes inmuebles privados con protección individualizada como Bien de Interés Cultural o Bien de Interés Patrimonial
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-08-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20260827-10)
Bases ayudas – Orden 1578/2026, de 11 de agosto, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, que establece las bases reguladoras de las ayudas a actuaciones de conservación, recuperación y restauración de bienes inmuebles privados con protección individualizada como Bien de Interés Cultural o Bien de Interés Patrimonial
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Bases ayudas – Orden 1578/2026, de 11 de agosto, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, que establece las bases reguladoras de las ayudas a actuaciones de conservación, recuperación y restauración de bienes inmuebles privados con protección individualizada como Bien de Interés Cultural o Bien de Interés PatrimonialPág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE AGOSTO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 204
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
ORDEN 1578/2026, de 11 de agosto, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, que establece las bases reguladoras de las ayudas a actuaciones de conservación, recuperación y restauración de bienes inmuebles privados con protección individualizada como Bien de Interés Cultural o Bien de Interés Patrimonial.
El artículo 46 de la Constitución Española dispone que los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. Por su parte, el artículo 9.2 establece que corresponde a dichos
poderes públicos facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida cultural.
El artículo 26.1.19 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, establece la competencia exclusiva de la Comunidad
de Madrid en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés para la Comunidad, sin perjuicio de la competencia del Estado para la defensa de los mismos contra la exportación y la expoliación.
La Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 93.1, dispone que la Comunidad de Madrid establecerá las medidas necesarias para fomentar la protección, conservación, investigación, enriquecimiento, difusión y
disfrute del patrimonio cultural de la Comunidad de Madrid, incluyendo las subvenciones
entre las medidas de fomento previstas.
Por otra parte, el artículo 94 de la citada Ley 8/2023, de 30 de marzo, establece que la
Comunidad de Madrid a través de los órganos competentes podrá, siempre que las limitaciones presupuestarias lo permitan, conceder subvenciones destinadas a la protección, conservación, investigación, enriquecimiento, difusión y disfrute de los bienes integrantes del
patrimonio cultural madrileño.
De conformidad con el artículo 5.1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español es el centro directivo superior a quien corresponde el ejercicio de las competencias atribuidas a la
Administración de la Comunidad de Madrid en materia de patrimonio histórico, artístico,
monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés para la Comunidad de
Madrid, sin perjuicio de la competencia del Estado para la defensa de los mismos contra la
exportación y la expoliación.
Así también, según prevé el artículo 5.2.a) del referido Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español le corresponde la conservación del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid, así como la promoción del enriquecimiento del mismo y el fomento y tutela del acceso de los ciudadanos
a los bienes comprendidos en él; el acrecentamiento y la difusión del patrimonio histórico
mueble, inmueble, material e inmaterial, arqueológico, etnográfico y paleontológico, así
como la elaboración de cuantos planes regionales de actuación sean necesarios para alcanzar dichos fines.
Por Orden 815/2024, de 26 de abril, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte se
establecieron las bases reguladoras de las ayudas a actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles privados con protección de bien de interés cultural y bien de interés patrimonial.
Una vez resueltas las primeras convocatorias tramitadas, se ha considerado necesario
proceder a modificar una serie de aspectos de la regulación actual para garantizar una gestión más eficaz y una mayor seguridad jurídica. Con la finalidad de evitar dudas interpretativas, se ha optado por aprobar unas nuevas bases reguladoras derogando las anteriores.
Las ayudas objeto de esta disposición están incluidas en la Orden 1999/2023, de 13 de
noviembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, que aprueba el Plan Estratégico de
Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el período 2024-2026.
BOCM-20260827-10
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Otra información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 27-08-2026
Formalización contrato – Resolución de 18 de agosto de 2026, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Getafe, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la formalización del contrato de “Suministro de medicamento exclusivo Lutathera-Lutecio Laboratorio Novartis Farmacéutica, S. A.,...
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