Personal. Nombramiento funcionario carrera
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-08-2026
Boadilla del Monte (BOCM-20260827-23)
Personal. Nombramiento funcionario carrera
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Personal. Nombramiento funcionario carreraBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 204
JUEVES 27 DE AGOSTO DE 2026
Pág. 77
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
23
BOADILLA DEL MONTE
PERSONAL
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, Decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio número 4916/2026, de fecha 17 de agosto, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Nombrar funcionarios de carrera, en la categoría de Oficial del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, de la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica, grupo C, subgrupo C1, a las personas
que a continuación se relacionan, quedando adscritas al servicio que se indica:
APELLIDOS Y NOMBRE
DNI
SERVICIO
1
ROLDAN TORIL, ÁLVARO
***8699**
Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias
2
ROLDAN TORIL, ISRAEL
***9427**
Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias
3
SANZ MENDEZ, DIEGO
***7726**
Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias
4
FERNANDEZ CLEMENTE, RAUL
***4441**
Seguridad, Policía Local y Tráfico y Protección Civil-Emergencias
(…) 3.o La toma de posesión se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día
siguiente al de la publicación del nombramiento como funcionarios de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido el plazo señalado sin que hayan
tomado posesión sin causa justificada y salvo casos de fuerza mayor, se les tendrá por desistidos en su derecho al nombramiento, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas
selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.
4.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital y en su página web municipal
( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
5.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado
si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la
resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente al de la
publicación de la presente resolución, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal de Instancia de Madrid.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto
recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta
por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.
BOCM-20260827-23
N.º
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