Personal. Régimen horas extraordinarias
Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-09-2026
Pinto (BOCM-20260908-38)
Personal. Régimen horas extraordinarias
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Personal. Régimen horas extraordinariasPág. 194
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE SEPTIEMBRE DE 2026
B.O.C.M. Núm. 214
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38
PINTO
PERSONAL
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pinto, en sesión ordinaria de 7 de agosto
de 2026, por el que se aprueba el acuerdo para la fijación de un régimen de horas extraordinarias en fechas de difícil cobertura.
ACUERDA
Primero.—Aprobar el Acuerdo para la fijación de un régimen de horas extraordinarias
en fecha de difícil cobertura acordado entre el Ayuntamiento de Pinto y la representación legal de los trabajadores, en la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Pinto el 6
de agosto de 2026, con el siguiente contenido literal:
ACUERDO PARA LA FIJACIÓN DE UN RÉGIMEN DE HORAS
EXTRAORDINARIAS EN FECHAS DE DIFÍCIL COBERTURA
Teniendo como base las negociaciones entre el Equipo de Gobierno y los sindicatos
CPPM, CSIF y UPM, que dieron como resultado un acuerdo para el establecimiento del precio de la hora extraordinaria en una serie de eventos y fechas que perseguían el aseguramiento de las coberturas específicas en aquellos eventos impulsados por el Ayuntamiento que
contasen con una gran asistencia de vecinos y una importante implicación social, se propone a la Mesa General de Negociación un nuevo acuerdo en base a las cuestiones técnicas y
jurídicas planteadas respecto al último acuerdo alcanzado en la MGN de fecha 4 de agosto.
La base de este nuevo texto sigue siendo la apuesta por mejorar las condiciones de trabajo de la plantilla, en paralelo a dotar del personal suficiente a aquellos eventos que, por
su ubicación temporal o necesidad de un número adecuado empleados municipales para su
correcto funcionamiento, suelen ser de difícil cobertura.
En esta nueva redacción se incluye una subida proporcional a todos los grupos de empleados públicos que realicen servicios presenciales en los eventos y fechas incluidas en el
acuerdo respecto a las cuantías que vienen percibiendo por la realización de horas extraordinarias. Las cuantías señaladas en el artículo 4 se han obtenido mediante la aplicación de
los mismos porcentajes de subida a todos los grupos, tras lo acordado previamente con los
sindicatos de carácter policial para el desarrollo de los eventos de difícil cobertura, para los
grupos C1.
Se propone, por tanto, el siguiente articulado:
Artículo 1. Ámbito temporal.—1. El presente acuerdo entrará en vigor tras su aprobación en el Pleno del Ayuntamiento de Pinto, sin fijar vigencia temporal.
Art. 2. Ámbito subjetivo.—1. El presente acuerdo será de aplicación a todos los
empleados públicos del Ayuntamiento de Pinto que realicen tareas presenciales necesarias
para el desarrollo de eventos públicos y días festivos indicados en el artículo 3 de este
acuerdo.
Art. 3. Listado de días y eventos en los que se incrementa la cuantía de la hora extraordinaria realizada.—1. Los días y/o eventos en los que la cuantía de la hora extra realizada
se incrementa son los siguientes:
— Día 1 de enero.
— Cabalgata de Reyes Magos.
— Día 6 de enero.
— Sábado de las Fiestas de Carnaval.
— Viernes de Semana Santa.
— Fiestas del barrio de El Prado (todos aquellos días que haya actividades englobadas en la programación específica de dichas fiestas).
BOCM-20260908-38
PREÁMBULO
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