Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 09-10-2025
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. . I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-20078)
Real Decreto 904/2025, de 8 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a diversas entidades.
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Real Decreto 904/2025, de 8 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a diversas entidades.Núm. 243
Jueves 9 de octubre de 2025
Sec. I. Pág. 129505
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
20078
Real Decreto 904/2025, de 8 de octubre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 a diversas entidades.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en virtud de lo
dispuesto en el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran
los departamentos ministeriales, ostenta la responsabilidad de diseñar y ejecutar la
política del Gobierno en materia de bienestar social, inclusión, atención a personas en
situación de dependencia o con discapacidad, así como en lo relativo a la protección de
los animales y al impulso de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
A su vez, el Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, atribuye a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales competencias
orientadas a la protección y promoción de los derechos de los colectivos más
vulnerables, así como la salvaguarda del bienestar animal. En paralelo, encomienda a la
Dirección General de Agenda 2030 el liderazgo en la implementación de dicha Agenda,
en colaboración con la sociedad civil, el sector privado y otras partes interesadas.
La labor institucional del Ministerio se desarrolla, por tanto, de forma sinérgica con el
tejido asociativo y con otras administraciones públicas, reforzando una red de
colaboración activa en defensa del interés general, con especial atención a las personas
y colectivos que enfrentan situaciones de vulnerabilidad. Esta alianza entre lo público y lo
social ha sido clave para responder de manera eficaz a emergencias sociales y
necesidades estructurales.
En este contexto, el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, así como el artículo 67 del Reglamento que la desarrolla, aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, permiten la concesión directa de
subvenciones cuando concurran razones excepcionales de interés público, social,
económico o humanitario que impidan la convocatoria pública. Además, conforme al
artículo 28.2 de la misma ley, estas subvenciones deben regularse mediante real
decreto, previa propuesta del Ministerio competente y con informe del Ministerio de
Hacienda.
Este real decreto tiene como finalidad articular, de forma directa y excepcional, la
concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social y otras
organizaciones, en atención al interés público y social que justifica dicha medida,
conforme al marco legal señalado.
Las subvenciones contempladas se integran plenamente en los ejes y objetivos
definidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 del Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agenda 2030, asegurando su coherencia con la planificación
estratégica del Departamento.
II
En el marco competencial de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios
Sociales, el presente real decreto articula la concesión directa de subvenciones a
entidades del Tercer Sector de Acción Social, así como a otros organismos e
instituciones públicas y privadas, con el objetivo de asegurar la continuidad de
cve: BOE-A-2025-20078
Verificable en https://www.boe.es
I
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