Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 09-10-2025
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-20193)
Resolución de 1 de octubre de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española Primera de Socorros Mutuos, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Uruguay que carezcan de recursos suficientes.
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Resolución de 1 de octubre de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española Primera de Socorros Mutuos, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Uruguay que carezcan de recursos suficientes.Núm. 243
Jueves 9 de octubre de 2025
Sec. III. Pág. 130162
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
20193
Resolución de 1 de octubre de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Asociación Española Primera de Socorros
Mutuos, sobre la prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los
emigrantes españoles residentes en Uruguay que carezcan de recursos
suficientes.
Con fecha 30 de septiembre de 2025 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio
de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España (Secretaría de Estado
de Migraciones) y la Asociación Española Primera de Socorros Mutuos, sobre la
prestación de asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes
en Uruguay que carezcan de recursos suficientes, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio.
Madrid, 1 de octubre de 2025.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez
García.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES DEL REINO DE ESPAÑA (SECRETARÍA DE ESTADO
DE MIGRACIONES) Y LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA PRIMERA DE SOCORROS
MUTUOS, SOBRE LA PRESTACIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA SUBVENCIONADA
A LOS EMIGRANTES ESPAÑOLES RESIDENTES EN URUGUAY QUE CAREZCAN
DE RECURSOS SUFICIENTES
Ambas partes, en las representaciones que ostentan, se reconocen legitimidad
suficiente para suscribir el presente convenio y a tal fin
EXPONEN
Que la Ley 40/2006 de 14 de diciembre del Estatuto de la ciudadanía española en el
exterior, reconoce en su artículo 17 el derecho a la protección de la salud, con la
cve: BOE-A-2025-20193
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, doña Pilar Cancela Rodríguez, Secretaria de Estado de Migraciones,
nombrada por Real Decreto 1077/2023, de 5 de diciembre (BOE de 6 de diciembre
de 2023), ejerciendo la competencia reconocida en el artículo 5 Real Decreto 501/2024,
de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5
de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales y actuando conforme al artículo 2, letra a), de la Orden ISM 1245/2024, de 7
de noviembre, por la que se fijan los límites para administrar los créditos y gastos y se
delegan y aprueban en las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (BOE de 8 de noviembre
de 2024).
De otra parte, don Fernando Miguel García Martínez, Presidente, en nombre y
representación de la Asociación Española Primera de Socorros Mutuos, de acuerdo al
acto eleccionario realizado 11 de octubre de 2020 y a la distribución de cargos realizada
por el Consejo Directivo, acta número 3927 de fecha 14 de octubre de 2020.
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