Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-12-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
18/12/2025 Ayudas

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20251218-29)

Crédito presupuestario ayudas – Orden de 3 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, de 3 de diciembre de 2025, por la que se declara, de forma anticipada, el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa en el año 2026, del programa de abono de cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid

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Crédito presupuestario ayudas – Orden de 3 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, de 3 de diciembre de 2025, por la que se declara, de forma anticipada, el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa en el año 2026, del programa de abono de cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 301

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE DICIEMBRE DE 2025

Pág. 135

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
29

ORDEN de 3 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y
Empleo, de 3 de diciembre de 2025, por la que se declara, de forma anticipada,
el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa en el
año 2026, del programa de abono de cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de
la Comunidad de Madrid.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa del Programa de Abono de Cuotas a la Seguridad Social a los perceptores de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid, mediante Orden 9962/2012, de 31 de agosto, de la Consejera de Educación y Empleo (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de septiembre de 2012), modificada por la
Orden 7941/2013, de 18 de octubre, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre de 2013), al concurrir las
razones excepcionales establecidas para la aplicación del procedimiento de concesión directa, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las
obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,
RESUELVO
Primero
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2026, de las subvenciones incluidas en el Programa de Abono de Cuotas a la Seguridad Social a los perceptores
de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único en el ámbito de la Comunidad de Madrid, es de 200.000,00 euros.
Este crédito se autoriza de forma anticipada y podrá ser incrementado, en su caso, en
función de la disponibilidad presupuestaria y su tramitación se realizará en la forma establecida en la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad
de Madrid.

Las referidas obligaciones se financiarán con cargo al subconcepto 47202 del Programa 241N, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2026.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes
contado desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime
oportuno deducir, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adminis-

BOCM-20251218-29

Segundo

Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 18-12-2025

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20251218-22) Empleo

Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 3 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la pérdida de derechos de una aspirante en las pruebas selectivas por el turno libre para el...

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20251218-30) Ayudas

Crédito presupuestario ayudas – Orden de 4 de diciembre de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el crédito presupuestario disponible para financiar, en 2026, la concesión directa de una ayuda de hasta 1.500 euros a personas desempleadas menores de 30 años que...

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C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20251218-31) Ayudas

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