Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-01-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260109-23)
Bases ayudas – Orden de 22 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 24 de enero de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las empresas industriales madrileñas para la adquisición de medios productivos
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Bases ayudas – Orden de 22 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 24 de enero de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las empresas industriales madrileñas para la adquisición de medios productivosB.O.C.M. Núm. 7
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ENERO DE 2026
Pág. 465
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 22 de diciembre de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se modifica la Orden de 24 de enero de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las empresas industriales madrileñas para la
adquisición de medios productivos.
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
tiene atribuidas competencias exclusivas, entre otras materias, en el fomento del desarrollo
económico dentro de los objetivos de la política económica nacional (artículo 26.1.1.17),
así como en materia de ordenación y planificación de la actividad económica regional de
acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado (artículo 26.3.1).
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, modificado por el Decreto 44/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, tiene, entre otras,
competencias en el diseño, desarrollo y coordinación de programas para el fomento, el crecimiento y la consolidación de la empresa madrileña, y la colaboración y promoción de la
actividad empresarial a través del apoyo a proyectos de inversión, modernización, cooperación y formación en el ámbito industrial para garantizar el mantenimiento de la capacidad productiva.
En el ejercicio de estas competencias se aprobó la Orden de 24 de enero de 2024, de
la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecían las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las empresas industriales madrileñas para la adquisición de medios productivos.
La experiencia acumulada tras dos años de gestión de las citadas subvenciones ha
puesto de manifiesto la necesidad de modificar las bases reguladoras del procedimiento de
concesión de las mismas, cambiando la redacción de algunos apartados con el fin de delimitar o precisar conceptos y corregir las deficiencias detectadas. Todo ello con el objetivo
de mejorar la tramitación de las convocatorias, dando mayor fluidez al procedimiento administrativo e incrementando la eficacia en la gestión.
Los principales cambios introducidos se refieren a las actuaciones y gastos subvencionables, donde se ha delimitado con mayor claridad las actuaciones que pueden ser objeto
de esta línea de subvención y se han enumerado con mayor detalle aquellas que no son subvencionables; y a la documentación a presentar junto a la solicitud de la ayuda, donde se
han eliminado algunos documentos por considerar que no son necesarios en esta fase del
procedimiento y se ha redactado el resto con mayor detalle o claridad.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento
de subvenciones deberán, con carácter previo, concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su
consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo
caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 4 bis, recoge esta misma obligación en idénticos términos. En cumplimiento de esta obligación, mediante Orden de 23 de octubre de 2023, de la Consejera de
Economía, Hacienda y Empleo, se aprobó el plan estratégico de subvenciones para la concesión de ayudas a las empresas industriales madrileñas para la adquisición de medios productivos.
Por lo que respecta a la tramitación, en la elaboración de esta Orden se ha seguido el
procedimiento legalmente establecido, solicitando el informe del Servicio Jurídico en la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el de la Intervención Delegada y el resto de
BOCM-20260109-23
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Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 09-01-2026
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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