Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 17-06-2026
Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Vegas (BOCM-20260617-97)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesPág. 224
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE JUNIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 142
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
97
MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS
SOCIALES LAS VEGAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Convocatoria para la concesión de prestaciones sociales de carácter económico, en régimen de concurrencia competitiva, de las Ayudas para víctimas de Violencia de género,
de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales “Las Vegas”, para el año 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/910642 ).
Objeto.—La Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales “Las Vegas”, en el
ejercicio de las potestades que le son propias, otorgadas por la legislación vigente, así como
en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, establece las presentes bases reguladoras, mediante las que se regularán las ayudas de emergencia, Ayudas para víctimas de Violencia de
género (partida presupuestaria 48905): tendrán derecho a este tipo de ayudas todas aquellas
mujeres víctimas de violencia de género que cumplan criterios de beneficiarios recogidos en
el art. 6 de la Ordenanza reguladora de prestaciones sociales de carácter económico de la
Mancomunidad de Servicios Sociales “Las Vegas”, y que hayan alcanzado en el baremo de
acceso a la prestación la puntuación mínima exigida (anexos 5 y 6). El/la técnico/a de referencia especificará la tipología de ayuda determinada por su necesidad, excepto las ayudas
destinadas a “eliminación de barreras arquitectónicas”. Importe máximo: 39.097,17 euros.
Beneficiarios.—Podrán solicitar ayudas de emergencia social todas las mujeres víctimas
de violencia de género que se encuentren empadronadas y residan en alguno de los municipios de la Mancomunidad. Las excepciones, así como las especificidades en cuanto a lo considerado como unidad familiar viene recogido en el artículo 6 de la Ordenanza Reguladora.
Finalidad.—Estas ayudas económicas de emergencia social establecidas en los artículos 22 al 27 de los capítulos I y II del Título II de la Ley 12/2022 de 22 de diciembre de
Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, podrán ser de pago único o fraccionado
(siempre con carácter anticipado a la justificación, por las características especiales de este
tipo de subvenciones) con el límite económico establecido en la Ordenanza reguladora de
prestaciones sociales de carácter económico de esta Mancomunidad. La elección de una u
otra modalidad dependerá de la naturaleza de la necesidad a cubrir y de la valoración de idoneidad técnica que se realice en su aplicación. Las ayudas económicas mancomunadas son
un instrumento que tienen como finalidad prevenir la exclusión social de sus ciudadanos y
favorecer la integración social de una forma proactiva, siempre dentro del marco de una intervención social y constituyendo un apoyo para la misma. Se aplicarán en situaciones de
grave necesidad socioeconómica individual o familiar, dentro de los límites y posibilidades
económicas de los presupuestos de la Mancomunidad.
Bases reguladoras.—Las bases reguladoras son las contenidas en la Ordenanza reguladora de prestaciones sociales de carácter económico, publicada en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 52, de 3 de marzo de 2021.
Plazo de presentación.—Desde la publicación de la convocatoria en la Base Nacional
de Subvenciones hasta el 31 de diciembre de 2026.
San Martín de la Vega, a 4 de junio de 2026.—El presidente de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales “Las Vegas”, Javier Pizarro Vinagre.
(03/9.689/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20260617-97
BDNS (Identif.): 910642
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