Empleo público del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-06-2026
Villa del Prado (BOCM-20260609-84)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivoB.O.C.M. Núm. 135
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE JUNIO DE 2026
Pág. 259
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84
VILLA DEL PRADO
OFERTAS DE EMPLEO
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía n.o 803/2026, de fecha 18 de mayo
de 2026, las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo, se abre el
plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
« BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE SELECCIÓN
DE UNA BOLSA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO EN RÉGIMEN DE FUNCIONARIOS
INTERINOS EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
La convocatoria tiene por objeto cubrir las necesidades temporales de personal funcionario interino,
en los puestos de auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Villa del Prado , que puedan quedarse
temporalmente sin su titular por diversas
circunstancias como bajas médicas, comisiones de servicios o aquellas situaciones que impidan al
titular de la plaza ocuparla temporalmente.
La bolsa que se formará como resultado de este proceso, tendrá como finalidad el llamamiento de
todas aquellas personas que sean necesarias de forma interina, de forma ordenada según orden de
puntuación total obtenida.
SEGUNDA. Condiciones de admisión de aspirantes
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre .
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral,
en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado,
no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleado público.
e) Poseer la titulación exigida: Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria
Obligatoria – LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
En todo caso, la equivalencia de la titulación deberá ser aportada por la persona aspirante
mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
BOCM-20260609-84
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en
el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
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