Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 29-10-2025
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. . I. Disposiciones generales. Seguridad Social. Convenios especiales. (BOE-A-2025-21730)
Orden ISM/1199/2025, de 23 de octubre, por la que se modifica la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social.
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Orden ISM/1199/2025, de 23 de octubre, por la que se modifica la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social.Núm. 260
Miércoles 29 de octubre de 2025
Sec. I. Pág. 141001
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
Orden ISM/1199/2025, de 23 de octubre, por la que se modifica la Orden
TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial
en el Sistema de la Seguridad Social.
El Real Decreto 2805/1979, de 7 de diciembre, por el que se incluye en el campo de
aplicación del Régimen General de la Seguridad Social a los españoles no residentes en
territorio nacional que ostenten la condición de funcionarios o empleados de
Organizaciones Internacionales, posibilita dicha inclusión mediante la suscripción de un
convenio especial con la Seguridad Social, el cual determina su afiliación al sistema y su
condición de asimilados a la situación de alta en el citado régimen, con el alcance
indicado en su regulación.
Con posterioridad, distintas normas reglamentarias han extendido la aplicación de lo
establecido en el referido Real Decreto 2805/1979, de 7 de diciembre, al personal
español al servicio de determinadas organizaciones internacionales con sede en España
y, por tanto, residente en nuestro país.
Tal extensión se realizó inicialmente mediante reales decretos, hasta que el Real
Decreto 317/1985, de 6 de febrero, sobre inclusión en la Seguridad Social de
funcionarios españoles que, residiendo en territorio nacional, presten sus servicios en
determinados Organismos internacionales con sede en España, facultó, en su
disposición adicional, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, actualmente de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, para resolver las futuras solicitudes de
inclusión en el sistema que pudieran formularse respecto al citado colectivo de
españoles residentes en territorio nacional que presten servicios en organismos
internacionales con sede en España.
En uso de la habilitación contenida en esa disposición adicional se han venido
dictando diversas órdenes ministeriales por las que se declaran comprendidos en el
ámbito de aplicación del Real Decreto 2805/1979, de 7 de diciembre, a los españoles
residentes en España que prestan servicio en determinadas organizaciones
internacionales con sede en nuestro país.
Ante la dispersión normativa existente en la regulación de las distintas modalidades de
convenios especiales, entre ellas la aplicable a los españoles al servicio de organismos
internacionales, se dictó la vigente Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se
regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social. En concreto, el convenio
especial al que se pueden acoger los españoles que ostenten la condición de funcionarios o
empleados de organizaciones internacionales intergubernamentales se regula en su
artículo 14, en cuyo apartado 1.b) figura la relación actualizada de organismos con sede en
España cuyo personal de nacionalidad española puede suscribirlo, como excepción al
requisito general de no residir en territorio nacional.
El Laboratorio Europeo de Biología Molecular (EMBL) es una organización
internacional que tiene establecida una subsede en España en virtud del acuerdo
suscrito a tal efecto con el Reino de España el 26 de enero de 2017. Dicha organización
ha solicitado su inclusión en la relación de organismos internacionales recogida en el
artículo 14.1.b) de la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, a fin de posibilitar la
incorporación voluntaria al sistema de la Seguridad Social de los empleados de
nacionalidad española de esa subsede mediante la suscripción del convenio especial
regulado en el Real Decreto 2805/1979, de 7 de diciembre, y en el citado artículo 14 de
la referida orden.
cve: BOE-A-2025-21730
Verificable en https://www.boe.es
21730
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