Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-11-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-22480)
Resolución de 6 de agosto de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 27, por la que se rechaza la asignación de número de registro de alquiler.
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Resolución de 6 de agosto de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 27, por la que se rechaza la asignación de número de registro de alquiler.Núm. 267
Jueves 6 de noviembre de 2025
Sec. III. Pág. 145982
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
22480
Resolución de 6 de agosto de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 27, por la que se rechaza la
asignación de número de registro de alquiler.
Hechos
Mediante escrito de fecha 14 de mayo de 2025 se interpone recurso contra la nota de
calificación de la Registradora de la Propiedad de Madrid número 27, doña María Isabel
Bañón Serrano, por la que se rechaza la asignación de número de registro de alquiler.
Fundamentos de Derecho
Dado que el supuesto de hecho contemplado en este expediente es idéntico al
analizado en las Resoluciones desestimatorias de este Centro Directivo de 11 de julio
de 2025 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de agosto de 2025), se declara su inadmisión,
de conformidad con los fundamentos de Derecho expuestos en las resoluciones citadas.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia del lugar donde radica el inmueble
en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las normas del
juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de la Ley
Hipotecaria.
cve: BOE-A-2025-22480
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 6 de agosto de 2025.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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