Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-01-2026
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-752)
Resolución de 5 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Tecnogas Ceuta, SL, para el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta.
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Resolución de 5 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Tecnogas Ceuta, SL, para el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta.Núm. 11
Martes 13 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 5852
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
752
Resolución de 5 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con Tecnogas Ceuta, SL, para el desarrollo de
estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de
Ceuta.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y Tecnogas Ceuta, SL,
han suscrito, con fecha 28 de noviembre de 2025, un convenio para el desarrollo de
estancias formativas del CIFP n.º 1, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez
inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 5 de enero de 2026.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano
Palomo.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y
Tecnogas Ceuta, SL, para el desarrollo de estancias formativas
REUNIDAS
En Ceuta, a fecha de firma.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y
manifiestan que tienen la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para
suscribir el presente convenio
EXPONEN
1.º Que el artículo 42.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), que el
artículo 66.4 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de
la Formación Profesional y que el artículo 9.4 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
cve: BOE-A-2026-752
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, doña Milagrosa Pérez Granados, con DNI: ***6876**, como Directora
del centro educativo Integrado de Formación Profesional n.º 1 localizado en la ciudad
autónoma de Ceuta en avenida San Juan de Dios, s/n, CP: 51001, con NIF: S5100035D,
teléfono: 956511037, e-mail: milagrosa.perez@educeuta.es, actuando en nombre del
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes como Administración
educativa de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla en base a la delegación de
competencias establecida en el artículo 5.8 de la Orden EFD/335/2025, de 3 de abril,
sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y
de delegación de competencias.
Y, de otra parte, doña Raquel González Espinosa, con DNI: ***1332**, como
Representante Legal de la empresa o entidad colaboradora: Tecnogas Ceuta, SL, localizada
en Ceuta, provincia de Ceuta, en calle/plaza Muelle Poniente Área 92, nave 4, CP: 51002,
con NIF: B51022416, teléfono: 956505643, e-mail: tecnogasceutasl@gmail.com.
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