Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 13-01-2026
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-760)
Resolución de 7 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Vanessa Hurtado de Mendoza Gómez, para el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta.
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Resolución de 7 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Vanessa Hurtado de Mendoza Gómez, para el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta.Núm. 11
Martes 13 de enero de 2026
Sec. III. Pág. 5924
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
760
Resolución de 7 de enero de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con Vanessa Hurtado de Mendoza Gómez, para
el desarrollo de estancias formativas del Centro Integrado de Formación
Profesional n.º 1 de Ceuta.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y Vanessa Hurtado de
Mendoza Gómez, han suscrito, con fecha 18 de diciembre de 2025, un convenio para el
desarrollo de estancias formativas del CIFP n.º 1, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 7 de enero de 2026.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano
Palomo.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y
Vanessa Hurtado de Mendoza Gómez para el desarrollo de estancias formativas
REUNIDAS
En Ceuta, a fecha de firma.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y
manifiestan que tienen la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para
suscribir el presente convenio
EXPONEN
1.º Que el artículo 42.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), que el
artículo 66.4 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de
la Formación Profesional y que el artículo 9.4 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
cve: BOE-A-2026-760
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, doña Milagrosa Pérez Granados, con DNI ***6876**, como Directora
del centro educativo Centro Integrado de Formación Profesional n.º 1 de Ceuta,
localizado en la Ciudad Autónoma de Ceuta en avenida San Juan de Dios, s/n,
CP 51001, con NIF S5100035D, teléfono: 956511037, e-mail: cifp@educeuta.es,
actuando en nombre del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
como Administración educativa de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla en base a
la delegación de competencias establecida en el artículo 5.8 de la Orden EFD/335/2025,
de 3 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos y de delegación de competencias.
Y, de otra parte, doña Vanessa Hurtado de Mendoza Gómez, con DNI ***8743**,
como representante legal de la empresa o entidad colaboradora Vanessa Hurtado de
Mendoza Gómez, localizada en Ceuta, provincia de Ceuta, en calle/plaza Edificio San
Luis, Local 7, CP 51001, con NIF ***8743**.
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