Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 26-01-2026

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Boletín Oficial del Estado
26/01/2026

Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2026-1843)

Resolución de 20 de enero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.

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Resolución de 20 de enero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Lunes 26 de enero de 2026

Sec. III. Pág. 12527

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
1843

Resolución de 20 de enero de 2026, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.

El Abogado General del Estado y el Director de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria han suscrito, con fecha de 13 de enero de 2026, un convenio de asistencia
jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 20 de enero de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF)
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, don Pedro M. Lekuona García, actuando en nombre y representación
de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF), con domicilio social en plaza de
los Sagrados Corazones, 7, 28071 Madrid y NIF Q2802239J, en su condición de Director
de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF), cargo para el que fue nombrado
por Acuerdo del Consejo Rector de la Agencia, celebrado en fecha 5 de octubre de 2017.
MANIFIESTAN

Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de Asistencia Jurídica al Estado y sus organismos
autónomos y a los órganos constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el Sector Público Estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.

cve: BOE-A-2026-1843
Verificable en https://www.boe.es

Primero.

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