Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 10-06-2026
Comunidad Autónoma de Cantabria. . I. Disposiciones generales. Caza. (BOE-A-2026-12522)
Ley de Cantabria 6/2026, de 28 de mayo, de modificación de la Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria, y del Decreto 66/2014, de 30 de octubre, por el que se regula la Reserva Regional de Caza Saja.
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Ley de Cantabria 6/2026, de 28 de mayo, de modificación de la Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria, y del Decreto 66/2014, de 30 de octubre, por el que se regula la Reserva Regional de Caza Saja.Núm. 141
Miércoles 10 de junio de 2026
Sec. I. Pág. 79940
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
12522
Ley de Cantabria 6/2026, de 28 de mayo, de modificación de la Ley de
Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria, y del Decreto
66/2014, de 30 de octubre, por el que se regula la Reserva Regional de Caza
Saja.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
Conózcase que el Parlamento de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su
Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2.º del Estatuto de
Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente Ley de Cantabria 6/2026, de 28 de
mayo, de modificación de la Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza de
Cantabria, y del Decreto 66/2014, de 30 de octubre, por el que se regula la Reserva
Regional de Caza Saja.
PREÁMBULO
a) Garantizar la continuidad de la gestión cinegética. Los cotos de caza son las
principales herramientas de ordenación y control de las poblaciones cinegéticas en el
territorio. Una renovación ágil permite que los titulares continúen sin interrupción con la
aplicación del Plan Técnico de Aprovechamiento Cinegético (PTAC) vigente o su
actualización, asegurando la conservación del hábitat y el control de daños a la
agricultura y ganadería, especialmente por especies como el jabalí.
b) Reducir la carga administrativa y la inseguridad jurídica. Es imperativo aligerar
los trámites burocráticos que acompañan a la renovación. Se introduce un mecanismo
de renovación más ágil por un nuevo período (manteniendo los diez años de duración),
siempre y cuando no se hayan producido modificaciones sustanciales en la superficie, la
titularidad o el PTAC que requieran una evaluación completa. Este enfoque se
complementa, en todo caso, con la obligación de someter la citada renovación a un
trámite de información pública por un periodo no inferior a veinte días, y de cuya apertura
deberá informarse a través del «Boletín Oficial de Cantabria». El transcurso del plazo de
cve: BOE-A-2026-12522
Verificable en https://www.boe.es
El artículo 24.12 del Estatuto de Autonomía para Cantabria aprobado por Ley
Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, otorga a la Comunidad Autónoma de Cantabria
competencia exclusiva en materia de caza.
La Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria, establece el
marco regulatorio para la actividad cinegética en la Comunidad Autónoma.
El correcto funcionamiento y la sostenibilidad de los cotos de caza son pilares para la
gestión cinegética regional, tal como se recoge en el artículo 17 de la ley al especificar
que los cotos se constituirán por un plazo de diez años.
No obstante, la experiencia en la aplicación de los artículos que rigen la constitución
y, especialmente, la renovación de estos acotados ha evidenciado la existencia de
rigideces y una carga administrativa excesiva que ralentiza innecesariamente los
procedimientos.
Esta dilación burocrática en los procesos de renovación genera inseguridad jurídica a
los titulares de los cotos (sociedades de cazadores, propietarios) y dificulta la planificación
a largo plazo de las actividades de conservación y aprovechamiento, que son esenciales
para una gestión cinegética responsable y en equilibrio con el medio natural.
La modificación de los artículos del título IV de la Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de
julio se justifica en la necesidad de modernizar y simplificar el procedimiento de
renovación de los cotos de caza, persiguiendo los siguientes objetivos fundamentales:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 10-06-2026
Real Decreto-ley 15/2026, de 9 de junio, de autorización de operaciones de crédito extraordinarias a organismos y entidades integrantes del sector público institucional estatal.
Resolución de 28 de mayo de 2026, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por la que se crea un segundo equipo de valoración de incapacidades en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Murcia.
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Anuncio de la Delegación Especial de Economía y Hacienda en La Rioja, de inicio de expediente de investigación patrimonial de una finca rústica sita en el término municipal de Treviana (La Rioja).
Acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander por la que se otorga concesión a favor de Pesqueras Santander, Sociedad Limitada.
Anuncio de la Comunidad de Regantes Cortijo Alto - Valverde sobre convocatoria de Junta.