Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 12-06-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-12774)
Resolución de 19 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Jerez de la Frontera n.º 1, por la que se suspende la inscripción de una escritura de herencia.
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Resolución de 19 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Jerez de la Frontera n.º 1, por la que se suspende la inscripción de una escritura de herencia.Núm. 143
Viernes 12 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 81439
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
12774
Resolución de 19 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Jerez de la Frontera n.º 1, por la que se
suspende la inscripción de una escritura de herencia.
En el recurso interpuesto por don Francisco Javier Manrique Plaza, notario de Jerez
de la Frontera, contra la calificación del registrador de la Propiedad de Jerez de la
Frontera número 1, don José Ridruejo López, por la que se suspende la inscripción de
una escritura de herencia.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 5 de junio de 2025 por el notario de Jerez de la
Frontera, don Francisco Javier Manrique Plaza, se otorgaba la adjudicación de la
herencia causada por el fallecimiento de don A. P. F., en estado de viudo y dejando ocho
hijos. Ocurrió su óbito el día 20 de diciembre de 2024. De su último testamento, otorgado
el día 8 de junio de 2016 ante el mismo notario, resultaba que ordenaba legado a favor
de su hija doña A. P. D. de un derecho de habitación vitalicio sobre una vivienda e
instituía herederos por partes iguales a sus ocho hijos, con sustitución por sus
descendientes.
Los hijos doña I. y don F. M. P. D. renunciaban a los derechos hereditarios en la
herencia de su padre.
Doña M. I. P. D. lo hacía en virtud de escritura otorgada el día 4 de marzo de 2025
ante el mismo notario de Jerez de la Frontera, por la que «renuncia pura y simple y
gratuitamente a cuantos derechos hereditarios pudieran corresponderles por el
fallecimiento de su padre Don A. P. F. ya sea deferida por testamento o abintestato». En
la escritura de herencia se expresaba lo siguiente: «constándome por notoriedad que no
tiene descendientes».
Mediante escritura otorgada el día 24 de marzo de 2025 ante el mismo notario don
Jerez de la Frontera, don F. M. P. D. «renuncia a favor de sus hermanos, doña A., doña
M. J., doña A., don M. A., doña P y doña S. P. D., por partes iguales, a cuantos derechos
hereditarios pudieran corresponderles por el fallecimiento de su padre, don A. P. F., ya
sea deferida por testamento o abintestato».
Los seis hijos restantes se adjudicaban la herencia entre ellos.
Presentada el día 10 de octubre de 2025 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Jerez de la Frontera número 1, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
«Entrada N: 7805 del año: 2025.
Asiento N.º: 3667 Diario: 2025.
Presentado: 10/10/2025 13:12:25.
Presentante: Manrique Plaza, Francisco Javier.
Naturaleza: Escritura pública.
cve: BOE-A-2026-12774
Verificable en https://www.boe.es
II
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 12-06-2026
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