Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 09-07-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2026-14986)
Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Benissa, por la que se suspende la inscripción de una declaración de obra nueva por no haberse cumplido la obligación de archivo del Libro del Edificio.
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Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Benissa, por la que se suspende la inscripción de una declaración de obra nueva por no haberse cumplido la obligación de archivo del Libro del Edificio.Núm. 166
Jueves 9 de julio de 2026
Sec. III. Pág. 95580
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
14986
Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Benissa, por la que se suspende la
inscripción de una declaración de obra nueva por no haberse cumplido la
obligación de archivo del Libro del Edificio.
En el recurso interpuesto por don Luis Miguel González Vallés, notario de San
Vicente del Raspeig, contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de
Benissa, doña Virginia Mengual Frasés, por la que se suspende la inscripción de una
declaración de obra nueva por no haberse cumplido la obligación de archivo del Libro del
Edificio.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 23 de septiembre de 2025 por el notario de San
Vicente del Raspeig, don Luis Miguel González Vallés, con el número 2.297 de protocolo,
don G. D., en representación acreditada de la mercantil «Alidybo Invest, S.L.», como
titular registral de la finca número 19.542 del término de Benissa, declaraba una obra
nueva sobre la misma consistente en una vivienda unifamiliar, protocolizando la licencia
número 278/2006 del Ayuntamiento de Benissa, de fecha 18 de julio de 2007,
compareciendo en la escritura el arquitecto director de la obra que ratificaba la
descripción de la misma y su terminación mediante sendos certificados de final de obra,
expedidos por el director de la obra y el director de la ejecución de la obra.
II
Presentada el día 25 de noviembre de 2025 dicha escritura en el Registro de la
Propiedad de Benissa, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Documento y datos de presentación:
Escritura autorizada el día 23/09/2025 por el Notario don Luis Miguel González
Vallés, número 2297/2025 de su protocolo y que ha causado el asiento de
presentación 2740 del diario 2025, Referencia 6198 de 2025, fecha de
entrada 25/11/2025, se suspende la extensión del asiento solicitado por cuanto:
El artículo 18 de la Ley Hipotecaria que establece la obligación del Registrador de
calificar los títulos presentados a inscripción, el cual literalmente dice lo siguiente: “Los
Registradores calificarán, bajo su responsabilidad, la legalidad de las formas extrínsecas
de los documentos de toda clase, en cuya virtud se solicite la inscripción, así como la
capacidad de los otorgantes y la validez de los actos dispositivos contenidos en las
escrituras públicas, por lo que resulte de ellas y de los asientos del Registro. El plazo
máximo para inscribir el documento será de quince días contados desde la fecha del
asiento de presentación. El Registrador en la nota a pie de título, si la calificación es
positiva, o en la calificación negativa deberá expresar inexcusablemente la fecha de la
cve: BOE-A-2026-14986
Verificable en https://www.boe.es
Calificación negativa:
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 09-07-2026
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