Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 03-08-2026
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. . III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2026-16917)
Resolución de 23 de julio de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Sociedad Española de Oftalmología, para la revisión de la quinta edición del Manual de Tiempos óptimos de incapacidad temporal.
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Resolución de 23 de julio de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Sociedad Española de Oftalmología, para la revisión de la quinta edición del Manual de Tiempos óptimos de incapacidad temporal.Núm. 188
Lunes 3 de agosto de 2026
Sec. III. Pág. 108878
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
16917
Resolución de 23 de julio de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social,
la Universidad de Alcalá y la Sociedad Española de Oftalmología, para la
revisión de la quinta edición del Manual de Tiempos óptimos de incapacidad
temporal.
Con fecha 21 de julio de 2026 se ha suscrito el Convenio entre el Instituto Nacional
de la Seguridad Social (INSS), la Universidad de Alcalá (UAH) y la Sociedad Española
de Oftalmología (SEO), para la revisión de la quinta edición del «Manual de Tiempos
óptimos de incapacidad temporal», en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio.
Madrid, 23 de julio de 2026.−El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García.
CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS),
LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH) Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA
DE OFTALMOLOGÍA (SEO), PARA LA REVISIÓN DE LA QUINTA EDICIÓN
DEL «MANUAL DE TIEMPOS ÓPTIMOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL»
De una parte, doña M.ª del Carmen Armesto González-Rosón, Directora General del
Instituto Nacional de la Seguridad Social, nombrada por Real Decreto 131/2020, de 21
de enero, actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las
competencias que le atribuye el artículo 5 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de
diciembre, modificado por el Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre, y por el Real
Decreto 496/2020, de 28 de abril.
De otra parte, la Universidad de Alcalá (UAH), con NIF Q-2818018-J, y domicilio en Alcalá
de Henares (Madrid), plaza de San Diego, s/n. Interviene, en su nombre y representación,
don F. Javier de la Mata de la Mata en su calidad de Vicerrector de Investigación y
Transferencia en virtud del nombramiento efectuado a su favor por Acuerdo del Rector de la
UAH en fecha 26 de marzo de 2026 y competencias delegadas por Resolución del Rector de
la UAH de 26 de marzo de 2026 (BOCM núm. 83, de 9 de abril de 2026).
De otra parte, don José Manuel Benítez del Castillo, actuando en nombre y en
representación de la Sociedad Española de Oftalmología, con NIF G-28212165, de la
que es su presidente, nombrado en la Asamblea General de Socios celebrada en Sevilla
el 29 de septiembre de 2023 entidad de naturaleza asociativa, con personalidad jurídica
propia, de carácter médico jurídico y sin ánimo de lucro, con domicilio social en c/
Arcipreste de Hita, 14 1.º derecha, 28015 Madrid, en calidad de Presidente de la Junta
Directiva y con facultades suficientes para este convenio.
EXPONEN
Primero.
Que el INSS es una Entidad Gestora de la Seguridad Social, dotada de personalidad
jurídica, que tiene encomendada la gestión y administración de determinadas
cve: BOE-A-2026-16917
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 03-08-2026
Resolución de 27 de julio de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Embajada de España en Bélgica e Indra sistemas, SA, Sucursal en Bélgica, para la celebración de la Fiesta Nacional de España.
Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se prorroga la exención concedida mediante la Resolución de 27 de julio de 2023.
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