Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 06-08-2026

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Boletín Oficial del Estado
06/08/2026

Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Fundaciones. (BOE-A-2026-17126)

Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Educativa Jesús-María.

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Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Educativa Jesús-María.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191

Jueves 6 de agosto de 2026

Sec. III. Pág. 110048

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
17126

Resolución de 23 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Educativa Jesús-María.
Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad religiosa «Congregación de las
Religiosas de Jesús-María» según resulta de la escritura otorgada ante el notario de
Madrid Juan Aznar de la Haza, el 12 de enero de 2026, con el número 80 de protocolo.
Segundo.

Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Calle Juan Bravo, 13, C.P. 28006
de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero.

Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €) La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada tal y como se acredita mediante la correspondiente
certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto.

Fines de la Fundación.

a) La continuidad y viabilidad de la obra educativa llevada a cabo por la
Congregación de Religiosas de Jesús-María.
b) La educación (inicial o permanente, formal o no formal), formación y enseñanza
cristiana.
c) La compensación de desigualdades en el acceso a la educación, la cultura y la
formación.
d) La cultura y la promoción de la acción social.
e) La cooperación al desarrollo y el voluntariado.

cve: BOE-A-2026-17126
Verificable en https://www.boe.es

1. La Fundación tiene como finalidad educativa, de formación y enseñanza, según
el carisma de Santa Claudina Thévenet, de acuerdo con el espíritu evangélico y
conforme al sentido cristiano de trascendencia. La finalidad educativa/docente, formativa
y cultural de la Fundación se entiende en su amplio sentido, lo que supone una actuación
de todos los ámbitos y facetas de la educación, reglada o no, ordinaria o extraordinaria,
que coadyuve al desarrollo y la formación integral de la persona.
2. En el marco de lo señalado, la Fundación tiene los siguientes fines:

Otra información oficial del Boletín Oficial del Estado del día 06-08-2026

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Resolución de 7 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Vielha, por la que se suspende la inscripción del testimonio de una sentencia firme.

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Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2026-26311)

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. de información pública del expediente de concesión para el aprovechamiento de 0,3 l/s de agua procedente de un pozo sito en la parcela catastral 322 del polígono 150, en el lugar Míllara, parroquia de A Torre (Santa María) del término municipal de...

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