Información oficial del Diario Oficial de Extremadura en el día 15-05-2026
Consejería De Salud Y Atención A La Dependencia. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2026061215)
Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Presidencia del Instituto de Consumo de Extremadura, por la que se delegan competencias y firma en determinadas materias.
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Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Presidencia del Instituto de Consumo de Extremadura, por la que se delegan competencias y firma en determinadas materias.Viernes 15 de mayo de 2026
20686
RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2026, de la Presidencia del Instituto de
Consumo de Extremadura, por la que se delegan competencias y firma en
determinadas materias. (2026061215)
Mediante Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, se modifican la denominación,
el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias (DOE núm. 82, de 30 de
abril). En su artículo 2 se dispone que la Consejería de Salud y Atención a la Dependencia
ejercerá las competencias en materia de sanidad y dependencia, así como las de consumo.
Por Decreto 18/2026, de 30 de abril, se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 83, de 4 de mayo) adscribiéndose a la Consejería de Salud y Atención a la Dependencia el Instituto de Consumo de
Extremadura, (INCOEX), ente público creado por Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación del
Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, cuyo artículo 7.1 determina que son órganos
centrales de dirección y gestión del INCOEX el/la Presidente/a y el/la Director/a General del
Instituto de Consumo.
Por Decreto 214/2008, de 24 de octubre (modificado por Decreto 304/2015, de 4 de diciembre), se aprueban los Estatutos del INCOEX, los cuales atribuyen a la Presidencia del Instituto de Consumo la representación legal del mismo, ostentando, en su calidad de órgano de
dirección y gestión, la condición de órgano de contratación, la superior dirección del personal
del Instituto, así como la disposición de gastos, entre otras funciones.
Del mismo modo, a la Dirección General del INCOEX le corresponden las competencias de
programación, dirección, gestión, inspección, control y evaluación interna de la organización
y actividades del ente público. Tras la entrada en vigor de los decretos por los que se modifica la denominación, el número y competencias de las distintas Consejerías y se establece la
estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
es precisa la adaptación de las precedentes delegaciones a los cambios producidos y, en concreto, al marco competencial de la Consejería de Salud y Atención a la Dependencia, en aras
a conseguir una mayor agilidad y eficacia en la gestión administrativa.
Por cuanto queda expuesto, en el ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos
7, apartados 2 y 3, 24 y 27 de los Estatutos del INCOEX, en relación con lo dispuesto en los
artículos 72 y 73 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público,
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