Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-03-2026
Serranillos del Valle (BOCM-20260302-78)
Organización y funcionamiento. Modificación retribuciones
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Organización y funcionamiento. Modificación retribucionesB.O.C.M. Núm. 51
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE MARZO DE 2026
Pág. 283
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
SERRANILLOS DEL VALLE
En la sesión celebrada por el Pleno con fecha 16 de febrero de 2026 ha sido adoptado
por el Ayuntamiento Pleno de Serranillos del Valle el siguiente acuerdo:
En uso de la facultad que me confiere el artículo 13.4 RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, con base en lo preceptuado en el artículo 75 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, formulo al Pleno de
la Corporación la siguiente propuesta sobre el Régimen de retribuciones de los miembros
de la Corporación.
Primero.—Desempeñarán sus cargos en régimen de dedicación exclusiva:
— El alcalde-presidente.
Desempeñarán sus cargos en régimen de dedicación parcial:
— Concejal de Deportes; Servicios Generales y Equipamiento; Medio Ambiente; y
Mantenimiento Urbano.
— Concejal de Régimen Interior; Infancia; Educación; Sanidad; Cultura; Familia y
Servicios Sociales.
— Concejal de Innovación y Tecnología; Movilidad y Transporte; Transición Ecológica; Bienestar Animal; Prensa; Atención al ciudadano; y Transparencia.
— Concejal de Gabinete de Alcaldía, Ornato público; Mujer e Igualdad; Protocolo;
Consumo; y Tercera Edad.
— Concejal de Desarrollo Local; Formación y Empleo; Turismo; Comercio; y Participación ciudadana.
— Concejal de Juventud; y Apps y Redes Sociales.
— Concejal de Industria; y Urbanizaciones y población diseminada.
Segundo.—Que las retribuciones anuales de los miembros de la corporación queden en
la actualidad, con las subidas retributivas establecidas para los empleados públicos en las siguientes cuantías:
— Alcalde-presidente: 49.847,14 euros brutos anuales.
— Concejal de Deportes; Servicios Generales y Equipamiento; Medio Ambiente; y
Mantenimiento Urbano; y el Concejal de Régimen Interior; Infancia; Educación;
Sanidad; Cultura; Familia y Servicios Sociales con dedicación parcial del 90% de
la jornada: 40.376,14 euros brutos anuales.
— Concejal de Innovación y Tecnología; Movilidad y Transporte; Transición Ecológica; Bienestar Animal; Prensa; Atención al ciudadano; y Transparencia con dedicación parcial del 85% de la jornada: 38.133,06 euros brutos anuales.
— Concejal de Gabinete de Alcaldía, Ornato público; Mujer e Igualdad; Protocolo; Consumo; y Tercera Edad con dedicación parcial del 75% de la jornada: 33.646,90 euros
brutos anuales.
— Concejal de Desarrollo Local; Formación y Empleo; Turismo; Comercio; y Participación ciudadana con dedicación parcial del 50% de la jornada: 22.431,22 euros
brutos anuales.
— Concejal de Juventud; Apps y Redes Sociales con dedicación parcial de 40% de la
jornada: 17.944,22 euros brutos anuales.
— Concejal de Industria y Urbanizaciones y población diseminada con dedicación
parcial de 10 % de la jornada: 4.486,30 euros brutos anuales.
Tercero.—Que se vincule esta cuantía al salario máximo establecido por la legislación
de presupuestos de forma que se actualicen las mismas con el objeto de mantener la misma
proporción.
Cuarto.—Solicitar ante la Tesorería General de la Seguridad Social las modificaciones, en su caso, de dedicaciones, asumiendo el Ayuntamiento las obligaciones que las nor-
BOCM-20260302-78
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
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