Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-03-2026
A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20260320-1)
Programa zonas vulnerables contaminación por nitrato – Decreto 24/2026, de 18 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el programa de actuación sobre las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad de Madrid
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Programa zonas vulnerables contaminación por nitrato – Decreto 24/2026, de 18 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el programa de actuación sobre las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 67
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE MARZO DE 2026
Pág. 11
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
DECRETO 24/2026, de 18 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
el programa de actuación sobre las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo establecido en el artículo 27.7 del Estatuto de la Comunidad de
Madrid, en el marco de la legislación básica del Estado, y, en su caso, en los términos que
la misma establezca, corresponde a la Comunidad de Madrid el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de protección del medio ambiente; contaminación biótica y abiótica; vertidos en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura, impone a los Estados miembros la obligación de identificar las aguas que se hallen
afectadas por la contaminación de nitratos de esta procedencia, y establece los criterios para
designar como zonas vulnerables aquellas superficies territoriales cuyo drenaje da lugar a
la contaminación por nitratos.
En previsión de una posible contaminación de las aguas por nitratos y respondiendo a las
exigencias de la Unión Europea recogidas en la directiva antes mencionada, se publicó el Código de Buenas Prácticas Agrarias aprobado mediante Resolución de 4 de febrero de 1999, de la
Dirección General de Agricultura y Alimentación de la Consejería de Economía y Empleo, a fin
de que el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas esté acorde con la correcta utilización de los medios de producción y el mínimo impacto medioambiental.
Aquellas explotaciones agrícolas y ganaderas que perciban ayudas de la Política Agraria
Común, además estarán obligadas a cumplir los principios de la condicionalidad recogidos en
el Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la
aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir
las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI). Asimismo, es de aplicación el Decreto 41/2019, de 7 de mayo, por el que se establecen excepciones a las normas de la
condicionalidad para la aplicación de purines en 2019 y con carácter indefinido para la aplicación de estiércoles en determinadas superficies agrícolas de la Comunidad de Madrid.
El Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas frente a la contaminación difusa causada por nitratos procedentes de fuentes agrarias, deroga y sustituye al
Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, que incorporó al ordenamiento jurídico la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991. El artículo 6 del citado Real Decreto establece la obligación de elaborar programas de actuación para las zonas designadas como
vulnerables, con el fin de prevenir y reducir la contaminación derivada de los nitratos de origen agrario. Dichos programas han de aprobarse en el plazo máximo de dos años desde la designación inicial de las zonas vulnerables en el territorio de la Comunidad Autónoma.
El Decreto 106/2024, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes
agrarias en la Comunidad de Madrid, actualiza su delimitación conforme a la normativa
mencionada. Dichas zonas deberán revisarse y, en su caso, modificarse o ampliarse mediante decreto del Consejo de Gobierno, al menos cada cuatro años, para incorporar los
cambios o factores no previstos en el momento de su designación, según lo dispuesto en el
artículo 3 del citado Decreto.
De acuerdo con el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, corresponde a esta Consejería el ejercicio de las competencias en materia de
agricultura, ganadería y alimentación. Asimismo, conforme al artículo 12 del citado decreto, la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación tiene atribuida la elaboración de los proyectos y anteproyectos normativos relativos a su ámbito competencial.
BOCM-20260320-1
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