Información oficial del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-04-2026
Valdemorillo (BOCM-20260427-99)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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Organización y funcionamiento. OrdenanzaB.O.C.M. Núm. 98
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE ABRIL DE 2026
Pág. 361
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
99
VALDEMORILLO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Finalizado el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno de este
Ayuntamiento, en fecha 20/11/2025, de aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de la Gestión del Padrón Municipal de Habitantes de Valdemorillo y del procedimiento sancionador para los incumplimientos de los ciudadanos en relación con sus obligaciones con el Padrón Municipal de Habitantes, cuyo anuncio fue objeto de publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 289, de fecha 4 de diciembre de 2025, por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 19/03/2026 se ha acordado la resolución de las alegaciones que se han interpuesto frente al citado acuerdo provisional presentadas dentro de dicho período de información pública, y la aprobación
definitiva de la referida Ordenanza con el texto resultante de dicha resolución, por lo que,
de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local, se publica a continuación el texto definitivo de la citada Ordenanza:
“ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA GESTIÓN DEL PADRÓN MUNICIPAL
DE HABITANTES DE VALDEMORILLO Y DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR PARA LOS
INCUMPLIMIENTOS DE LOS CIUDADANOS EN RELACIÓN CON SUS OBLIGACIONES CON
EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES
PREÁMBULO
El Artículo 19 de la Constitución Española dispone que “los españoles tienen derecho a elegir
libremente su residencia y circular por el territorio nacional”. A los efectos de la presente normativa
entenderemos como residencia el lugar donde se tiene el domicilio, que será el de la dirección
inscrita en el Padrón.
El Padrón Municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Está
básicamente regulado por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, y por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Volviendo a nuestra norma suprema, el artículo 25.1 de la Constitución Española establece un
mandamiento en cuanto a la regulación de los tipos de infracción administrativa y/o sanciones que
le sean de aplicación, sin que sea posible que, a partir de la misma, se puedan tipificar nuevas
infracciones ni introducir nuevas sanciones o alterar el cuadro de las existentes por una norma
reglamentaria cuyo contenido no esté suficientemente predeterminado o delimitado por otra con
rango de Ley.
Con respecto a la gestión del Padrón Municipal de Habitantes, la Resolución de 29 de abril de
2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020 de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local, dicta las instrucciones técnicas para los Ayuntamientos con respecto al
Padrón Municipal. En dicha gestión es conveniente introducir determinados aspectos como los
relativos al control de los empadronamientos en los domicilios y la supervisión de aquellos
domicilios que, por distintas razones, hayan requerido de comprobaciones con resultado negativo
respecto a las solicitudes realizadas o en los que se hayan producido numerosos expedientes a
personas como consecuencia de los incumplimientos de renovar o confirmar las inscripciones en el
Padrón Municipal de Habitantes.
BOCM-20260427-99
En el ámbito de colaboración normativa de los municipios respecto a la regulación de la presente
normativa, conviene resaltar que la garantía de la autonomía local (artículos 137 y 140 de la
Constitución Española) abre un amplio campo para la regulación municipal, siempre que encuentre
legitimación plenaria en su ulterior aprobación.
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