Información oficial del Boletín Oficial del Estado en el día 27-02-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . I. Disposiciones generales. Normas de calidad. (BOE-A-2026-4519)
Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero, por el que se modifican y derogan determinadas disposiciones en materia alimentaria.
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Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero, por el que se modifican y derogan determinadas disposiciones en materia alimentaria.Núm. 52
Viernes 27 de febrero de 2026
Sec. I. Pág. 29609
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4519
Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero, por el que se modifican y derogan
determinadas disposiciones en materia alimentaria.
La Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de
grasas comestibles (animales, vegetales y anhidras), margarinas, minarinas y
preparados grasos, aprobada por el Real Decreto 1011/1981, de 10 de abril, contempla
una definición de «preparados grasos» que resulta imprecisa, por cuanto no delimita
claramente cuál es el ingrediente o ingredientes fundamentales de estos productos,
pudiendo generar una incompatibilidad con la normativa aplicable a los aceites vegetales
comestibles. En concreto, el Real Decreto 760/2021, de 31 de agosto, por el que se
aprueba la norma de calidad de los aceites de oliva y de orujo de oliva, prohíbe la
elaboración en territorio español para consumo interno de mezclas de aceites de oliva y
de orujo de oliva con otros aceites o grasas de origen vegetal, y establece que dichas
mezclas no podrán comercializarse bajo ninguna denominación de alimento. Por
consiguiente, y con el objetivo de evitar que dichas mezclas se puedan producir y
comercializar como «preparados grasos», por motivos técnicos y legales conviene
actualizar la definición de «preparados grasos» incluida en el mencionado Real
Decreto 1011/1981, de 10 de abril, en particular para clarificar que su ingrediente
primario serán las grasas comestibles autorizadas en dicha norma, evitando que
cualesquiera otras mezclas de productos que no contengan alguna de estas grasas
como ingrediente primario puedan ser comercializadas bajo la denominación «preparado
graso», de acuerdo con la definición de ingrediente primario contenida en el Reglamento
(UE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011,
sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los
Reglamentos (CE) n.º 1924/2006 y (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del
Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la
Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la
Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE,
y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.º 608/2004 de la Comisión. Procede
también, en consecuencia, derogar el artículo 9 del Real Decreto 1011/1981, de 10 de
abril, al desaparecer la referencia al ingrediente fundamental.
cve: BOE-A-2026-4519
Verificable en https://www.boe.es
Como indica la Ley 28/2015, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria,
el sector alimentario, por su trascendencia en términos sociales, económicos y medio
ambientales, tiene un carácter estratégico tanto en España como en toda la Unión
Europea. Su misión básica es proporcionar al ciudadano unos alimentos sanos, seguros
y que además respondan a sus expectativas de calidad. Esta situación demanda un
modelo de calidad alimentaria que incluya un conjunto básico de disposiciones legales y
vele por el respeto a la competencia leal entre operadores.
Con el fin de actualizar un conjunto de normas alimentarias que tienen por finalidad
asegurar esos fines, se procede con el presente real decreto a incorporar diversas
modificaciones puntuales, de carácter marcadamente técnico, en su contenido.
El presente real decreto tiene por objeto, pues, modificar diversas normas de calidad
y reglamentaciones técnico-sanitarias con el fin de actualizar su contenido y derogar
aquellas disposiciones que ya no se aplican por existir nueva normativa sobre los
productos a los que afectan.
En primer lugar, en cuanto a las actualizaciones de normativa de calidad alimentaria
que se operan por medio de este real decreto, se trata de las siguientes:
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