Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 09-10-2025
Ministerio de Sanidad. . I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-20075)
Real Decreto 901/2025, de 7 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento y del mantenimiento de plazas de Grado en Medicina en el curso académico 2025-2026, y por el que se modifica el Real Decreto 698/2023, de 25 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento de plazas de Grado en Medicina y de las inversiones destinadas a mejorar la calidad docente, en relación al plazo de ejecución de las inversiones.
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Real Decreto 901/2025, de 7 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento y del mantenimiento de plazas de Grado en Medicina en el curso académico 2025-2026, y por el que se modifica el Real Decreto 698/2023, de 25 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento de plazas de Grado en Medicina y de las inversiones destinadas a mejorar la calidad docente, en relación al plazo de ejecución de las inversiones.Núm. 243
Jueves 9 de octubre de 2025
Sec. I. Pág. 129461
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE SANIDAD
Real Decreto 901/2025, de 7 de octubre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones a universidades públicas para la financiación del
incremento y del mantenimiento de plazas de Grado en Medicina en el curso
académico 2025-2026, y por el que se modifica el Real Decreto 698/2023, de
25 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a
universidades públicas para la financiación del incremento de plazas de
Grado en Medicina y de las inversiones destinadas a mejorar la calidad
docente, en relación al plazo de ejecución de las inversiones.
La Administración General de Estado desarrolla, a través de la Dirección General de
Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, la función de ordenar la formación de
las profesiones sanitarias, entre las que se encuentra la profesión de Medicina, a la que
se accede a través de los títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión, según lo
regulado en la Orden ECI/332/2008, de 13 de febrero, por la que se establecen los
requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el
ejercicio de la profesión de Médico.
De conformidad con el artículo 13.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de
ordenación de las profesiones sanitarias, la determinación del número de alumnos y
alumnas admitidos a la formación pregraduada responderá a las necesidades de
profesionales sanitarios y a la capacidad existente para su formación. En este sentido,
los estudios de oferta-necesidad de médicos y médicas especialistas publicados por el
Ministerio de Sanidad, y específicamente, los informes publicados en marzo de 2021 y
en abril de 2024 con horizonte temporal 2021-2035 y 2023-2035, respectivamente,
constataron una insuficiencia del número de estudiantes egresados de las facultades de
Medicina en relación con la oferta de plazas de Formación Sanitaria Especializada y con
las necesidades de especialistas de algunas especialidades, como es el caso de
Medicina Familiar y Comunitaria. Es necesario, por tanto, continuar promoviendo el
incremento de la oferta y la cobertura efectiva de plazas de Grado en Medicina, para
lograr un incremento en el número de personas tituladas en Medicina egresadas de las
facultades españolas y que, a medio plazo, ello revierta en la disponibilidad de
profesionales en el conjunto del Sistema Nacional de Salud.
El Real Decreto 698/2023, de 25 de julio, por el que se regula la concesión directa de
subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento de plazas de
Grado en Medicina y de las inversiones destinadas a mejorar la calidad docente, inició
una medida que perseguía, por un lado, el incremento de plazas de primer curso de
Grado en Medicina en el curso académico 2023-2024, con una financiación de un
máximo de 706 plazas (148 plazas dentro de la memoria de verificación y 558 plazas por
encima de la memoria de verificación) y, por otro lado, el establecimiento de inversiones
destinadas a mejorar la calidad docente con horizonte temporal 2023-2025.
El Real Decreto 874/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones a universidades públicas para la financiación del incremento y
del mantenimiento de plazas de Grado en Medicina en el curso académico 2024-2025,
permitió la continuidad de esta medida al financiar, para el curso académico 2024-2025,
un máximo de 1.548 plazas (922 correspondientes a las plazas de primer curso
incrementadas por encima de la memoria de verificación y dentro del límite máximo del
quince por ciento para cada universidad y 626 plazas de segundo curso de Grado en
Medicina mantenidas por encima de la memoria de verificación y que fueron financiadas
en el curso académico previo) en las universidades públicas.
cve: BOE-A-2025-20075
Verificable en https://www.boe.es
20075
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